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24.4.11

Ley 26.666 – Día 26 de Julio – Instituye el día del Militante Social

Sancionada: Marzo 16 de 2011
Promulgada de Hecho: Abril 7 de 2011
B.O. 18/04/11
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley
ARTICULO 1º — Institúyase el día 26 de julio de cada año como Día Nacional del Militante Social.
ARTICULO 2º — El Poder Ejecutivo adoptará los medios necesarios para la difusión del Día Nacional del Militante Social.
ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA  EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL 16 MAR 2011.  — REGISTRADO BAJO EL Nº 26.666 —
JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada

23.4.11

LEY NACIONAL 26.666 EL DÍA 26 DE JULIO DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DEL MILITANTE SOCIAL SE TOMO COMO FUNDAMENTO

ESTIMADOS  COMPAÑER@S

ME PLACE  INFORMARLES QUE SE HA CONSTITUIDO POR LEY NACIONAL  26.666  EL DÍA 26 DE JULIO DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DEL MILITANTE SOCIAL SE TOMO COMO FUNDAMENTO LA HISTORIA  EN LA "ACCIÓN PARA LOS DEMÁS", LA OBRA SOCIAL QUE LA COMPAÑERA EVA DUARTE "EVITA" DESARROLLO POR SU PUEBLO,  UNA VERDADERA "RAZÓN DE SU VIDA"

PARA NOSOTROS FUE, ES Y SERA UN EJEMPLO DE MILITANCIA  SOCIAL NO SOLO SU PERSONA, SINO TAMBIÉN SU OBRA Y QUIENES LA ACOMPAÑARON PARA EL LOGRO DE LOS OBJETIVOS

"LA MILITANCIA SOCIAL EXISTE, LA TRANSFORMACIÓN SOCIAL ES POSIBLE"
"LAS ORGANIZACIONES LIBRES DEL PUEBLO, SON TRINCHERAS DE LUCHA,
POR UNA PATRIA LIBRE, JUSTA Y SOBERANA"
 
ESTE RECONOCIMIENTO INCLUYE ADEMAS A TODOS LOS COMPAÑEROS MILITANTES DESAPARECIDOS, QUE DE LO ÚNICO QUE FUERON CULPABLES,ES EL DE QUERER UNA PATRIA MEJOR Y PARA TODOS.
ELLOS ESTÁN "PRESENTES, AHORA Y SIEMPRE" EL MILITANTE SOCIAL TRABAJA SOCIALMENTE POR LOS DEMÁS LOS 365 DÍAS DEL AÑO, INDEPENDIENTEMENTE DE LAS FECHAS  ELECCIONARIAS
AGRADECEMOS AL SENADOR NACIONAL JORGE ESTEBAN BANICEVICH  LA PRESENTACIÓN DEL EXPEDIENTE DE PROYECTO DE LEY.
AGRADECEMOS A LA CÁMARA DE SENADORES NACIONALES Y A LA CÁMARA DE DIPUTADOS NACIONALES POR LA APROBACIÓN DE LA LEY. 

ADJUNTAMOS COPIA DEL TEXTO DE LEY 26.666 Y COPIA INSTITUCIONAL  DE "AMIS" ASOCIACIÓN DE MILITANTES SOCIALES.
CONVOCAMOS A TODOS LOS COMPAÑEROS MILITANTES SOCIALES QUE SE ENCUENTRAN HOY EN EL CAMPO POPULAR A ORGANIZARSE PARA CONSOLIDAR EL MODELO DISTRIBUTIVO E INCLUSIVO EN EL PROYECTO  NACIONAL Y POPULAR QUE HOY SE PLANTEA EN "UNA PATRIA PARA TODOS"
PEDIMOS A LOS MILITANTES Y ORGANIZACIONES LIBRES DEL PUEBLO LA DIFUSIÓN DE ESTA  INFORMACIÓN
HASTA LA VICTORIA COMPAÑEROS



Juan Antonio "PIPO" Geerneck
Pte AMIS Asoc Militantes Sociales
Fructuoso Diaz 414 - Ciudad de Garin - Bs As
http://militantessociales-amis.blogspot.com

3.11.09

Requisitos para cobrar la Asignación Universal por Hijo

A medida que van pasando los días, va apareciendo nueva información de la Asignación Universal por Hijo.

El beneficio rige desde el 1° de noviembre pero se pagará por mes vencido, a partir del 1° de diciembre de 2009, según un cronograma que aprobará ANSeS por terminación del número de documento del beneficiario.

Según precisaron funcionarios del programa, quienes están cobrando el Plan Familias del Ministerio de Desarrollo Social no deberán realizar ningún trámite para percibir la nueva asignación por hijo en reemplazo de la actual, que así cobrarán la nueva asignación en el mismo banco que hoy perciben el plan. También señalaron que se está estudiando que tampoco tengan que realizar el trámite los beneficiarios de otros programas nacionales o provinciales ni las personas que ya figuran en la base de datos de la ANSeS y reúnan los requisitos.

¿Cuales son los requisitos para cobrar la Asignación Universal por Hijo?

El beneficio se abonará a uno solo de los padres, tutor o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado, por cada menor de 18 años a su cargo o sin límite de edad cuando se trate de un discapacitado. Los hijos deben ser argentinos nativos o tener al menos 3 años de residencia en el país. Ver Documentación Necesaria

Además, la prestación de $ 180 se abonará por hasta cinco 5 hijos. El 80% ($ 144) se percibirá directamente y el 20% restante ($ 36) se depositará en una cuenta a nombre del titular cuyo saldo sólo podrá ser retirado una vez al año, luego que acredite que el menor concurrió a la escuela durante ese ciclo escolar y que cumplió con el plan de vacunación.

¿Quienes quedan excluídos?

  • Los trabajadores declarados por el empleador con sueldos superiores a $ 4.800 mensuales.
  • Los trabajadores no registrados que cobran más de $ 1.440 o más de $ 1500 a partir de enero.
  • Los monotributistas, autónomos y persona domestico en blanco. Sí están incluidos los Monotributistas Sociales.
  • padres de menores que están empleados, emancipados o percibiendo una prestación contributiva o no contributiva ya sea nacional, provincial o municipal. Esto incluye jubilaciones, pensiones, planes sociales, asignaciones familiares formales, la prestación por desempleo.

A pesar de ello, en el Gobierno está estudiando si el Personal Doméstico en blanco y los monotributistas de categorías bajas también podrán tener derecho a cobrar la asignación.

Documentación necesaria para cobrar la Asignacion Universal por Hijo

Funcionarios del Gobierno han declarado que quienes están cobrando el Plan Familias del Ministerio de Desarrollo Social no deberán realizar ningún trámite para percibir la nueva asignación universal por hijo en reemplazo de la actual. Desarrollo Social le transferirá a ANSeS los datos de los beneficiarios del Plan Familias, que así cobrarán la nueva asignación en el mismo banco que hoy perciben el plan.

También señalaron que se está estudiando que tampoco tengan que realizar el trámite los beneficiarios de otros programas nacionales o provinciales ni las personas que ya figuran en la base de datos de la ANSeS y reúnan los requisitos para cobrar la Asignación Universal por Hijo.

Para aquellos que deban inscribirse, deberán hacerlo en las Dependencias de la Anses -esto aun está por confirmarse- con la siguiente documentación:

  • DNI del beneficiario y del niño
  • Documentación que acredite el vínculo entre el niño y el beneficiario, mediante partidas de nacimiento o documentos similares.
  • Acreditación -si correspondiese- de la condición de discapacidad certificada por autoridad competente
  • Hasta los 4 años, acreditar el cumplimiento de los controles sanitarios y del Plan Obligatorio de vacunas
  • Desde los 5 a los 18 años, acreditar además la concurrencia de los menores a una escuela pública
  • Firma de una Declaración Jurada por parte del beneficiario donde deje establecido que cumple con todos los requisitos necesarios para acceder al beneficio.

Actualización 2/11: Las empleadas domésticas que están en blanco podrán acceder a la nueva asignación por hijo, confirmó el titular de la ANSeS, Diego Bossio. Despejó así una de las dudas centrales que existían en torno al plan